El Ayuntamiento de Madrid modifica la regulación de la publicidad exterior
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Se busca regular las condiciones a la que se deben someter las instalaciones y actividades de publicidad exterior, con el fin de compatibilizar esta actividad con la imagen de la ciudad de Madrid entre otras razones.
El 1 de marzo de 2018 la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid aprobó la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior del año 2009.
teniendo en consideración los objetivos de prevención y corrección de la contaminación lumínica y visual, el fomento de la utilización de fuentes de energía renovable y la reducción de la intrusión luminosa en el entorno doméstico, así como el fomento de una sociedad igualitaria”.
Esta modificación introduce como novedad la regulación de la instalación de pantallas led, fijando entre otros criterios algunos relativos a la ubicación, calidad, tamaño, iluminación y distancias. Además, introduce medidas para limitar el impacto de las lonas. Así, el periodo de carencia se amplía de cinco a 10 años, coincidiendo con el plazo fijado para la Inspección Técnica de Edificios.
Pantallas con tecnología digital
La ordenanza regula por primera vez las condiciones de instalación de pantallas con tecnología digital. Podrán instalarse pantallas de este tipo para la identificación de un local o el anuncio de productos o servicios siempre que la actividad se encuentre autorizada y se cumplan lo siguientes criterios:
Uso de lonas publicitarias
Además, se introduce la imposibilidad de conceder licencias en el plazo de un año a personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas por la comisión de una infracción consistente en la instalación de un soporte publicitario flexible sobre estructura de andamio sin el correspondiente permiso municipal o sin ajustarse a las condiciones.